Nuestros conductores cuentan con los correspondientes permisos y licencias para el transporte de residuos peligrosos y han sido formados tanto para su manipulación como para actuar en caso de accidente.
Nuestros vehículos han sido fabricados y homologados para el transporte, según la clase de residuo que se debe transportar, según la normativa europea ADR sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera. Además se someten a las habituales inspecciones técnicas de ITV y a los controles pertinentes de las entidades colaboradoras de la administración ECA, específicos sobre las condiciones del vehículo relativas a seguridad vial, protección del medio ambiente, inscripciones reglamentarias, etc.
ARZAM, cuenta con seguro de responsabilidad civil, para daños que pueda sufrir el medio ambiente con cobertura de 600.000,00 €.
En Arzam cumplimos con el Procedimiento de traslado, de control y seguimiento de residuos industriales peligrosos.
Este procedimiento está regulado mediante el RD 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos y regula el procedimiento de traslado de un residuo peligroso entre el centro productor del mismo y la instalación de gestión de residuos que se encargará de su almacenamiento intermedio y/o tratamiento. La gestión de residuos peligrosos exige a los agentes que intervienen en la misma, además de la preceptiva autorización o inscripción en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma en la que están ubicados, la formalización de una serie de documentos, entre ellos los siguientes:
- Documento de Aceptación: Antes de realizar la primera entrega del residuo al gestor, el productor deberá contar con el documento de aceptación emitido por parte del gestor de destino. Este documento expresa el compromiso por parte del gestor de aceptar el residuo en su instalación, una vez comprobada su admisibilidad. El código de este documento se incluirá en el Documento de Control y Seguimiento.
- Notificación de Traslado: Únicamente en caso de tratarse de traslados de residuos peligrosos de una Comunidad Autónoma a otra, el operador deberá realizar la Notificación previa del traslado del residuo, a la Comunidad Autónoma de origen y a la de destino al menos con diez días de antelación al envío del residuo al gestor.
- Documento de Control y Seguimiento: Documento que acompaña a un residuo peligroso en su traslado desde el centro productor del mismo hasta la instalación de gestión de residuos que se encargará de su almacenamiento intermedio y/o tratamiento.